DIRECTORIO

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Directorio CIC TARIJA 2017-2019

Colegiados

DERECHOS Y DEBERES DE LOS COLEGIADOS

DERECHOS DE LOS MIEMBROS ACTIVOS / BENEFICIO DEL LOS MIEMBROS).- Son derechos de los miembros activos:
a)      Participar de las asambleas generales ordinarias o extraordinarias.
b)      Intervenir como elector o como elegido en las elecciones  que convoque el Colegio.
c)       Formular peticiones y/o proposiciones que sean de beneficio para el Colegio y sus miembros.
d)     Solicitar y recibir ayuda, protección o cooperación del Colegio, en aquellos casos que considere que sus derechos profesionales se hallen quebrantados o amenazados.
e)      Ejercer cargos directivos y participar en comisiones permanentes, temporales o especiales.
f)       Postular o ser postulados por el Colegio para beneficiarse con becas de estudio, participar en foros, seminarios o conferencias.
g)      Gozar de todos los beneficios que el Colegio creare o consiguiere.

DERECHOS DE LOS MIEMBROS EMERITOS / BENEFICIO DEL LOS MIEMBROS.- Los miembros eméritos tendrán los mismos derechos que los miembros activos; y además, podrán participar de las reuniones ordinarias del Directorio del Colegio con derecho a voz.

DERECHOS DE LOS MIEMBROS HONORARIOS / BENEFICIO DEL LOS MIEMBROS.- Los miembros honorarios tendrán todos los derechos orientados a participar de todos los eventos profesionales, culturales y científicos que el Colegio auspicie, así como, cualquiera que reconozca el presente Estatuto que no sean los específicos establecidos en el presente capítulo para cada categoría de miembro.

DERECHOS DE LOS MIEMBROS TRANSITORIOS / BENEFICIO DEL LOS MIEMBROS.- Todo miembro transitorio tendrá todos los derechos estipulados en el artículo 49 –excepto los establecidos en los incisos b), e) y f)-. Éstos miembros podrán pasar a la categoría de miembro activo, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por el Colegio.

OBLIGACIONES Y/O DEBERES DE LOS MIEMBROS ACTIVOS.-  Son obligaciones y/o deberes de los miembros activos
a)      Concurrir a las Asambleas Generales ordinarias o extraordinarias, la no asistencia implicará  sanciones pecuniarias, salvo causas justificadas o licencia anticipada.
b)      Prestar su concurso y adhesión al Colegio, con miras a conseguir el mayor éxito en su organización, funcionamiento y realización de sus fines de bien colectivo profesional.
c)       Cumplir funciones y comisiones que la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria o el Directorio del colegio le encomiende.
d)     Cumplir y hacer cumplir la Ley del Ejercicio Profesional del Ingeniero, el presente Estatuto, el Reglamento Interno y resoluciones del Colegio Departamental de Ingenieros de Tarija.
e)      Cooperar en el estudio y la realización de proyectos y trabajos relacionados con los problemas de orden profesional, departamental o nacional.
f)       Contribuir al sostenimiento del Colegio con el pago oportuno de las cuotas ordinarias y extraordinarias. La falta de pago de una cuota anual, dará lugar a la suspensión temporal de sus derechos como miembro activo y su rehabilitación se producirá automáticamente, con el simple pago de sus obligaciones atrasadas.

OBLIGACIONES Y/O DEBERES DE LOS MIEMBROS EMERITOS, HONORARIOS Y TRANSITORIOS.- Los miembros Eméritos, Honorarios y Transitorios tendrán las obligaciones que le sean aplicables del artículo 53, en el ámbito de la categoría que ostentan. 



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